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Somos un estudio jurídico, compuesto por abogados especialistas en accidentes de trabajo y derecho laboral.

Además, contamos con un equipo médico, el cual va a estar acompañandote no solo durante el proceso de reclamo de la indemnización, sino también, durante el tratamiento correspondiente.

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¿TUVISTE UN ACCIDENTE DE TRABAJO?

Si sufriste un accidente mientras cumplías con tus funciones laborales o en el trayecto entre tu casa y tu lugar de trabajo, tenes derecho a recibir las prestaciones médicas y dinerarias de la A.R.T.

Contactanos para que te asesoremos SIN CARGO y te representemos en los reclamos ante la A.R.T., la Comisión Médica y el Juzgado del Trabajo, para que:

1) Te den las prestaciones médicas correspondientes

2) Reclamar la determinación de incapacidad

3) Gestionar el pago de la indemnización por las secuelas que le hayan quedado.

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¿QUÉ ES ACCIDENTE IN ITINERE?

Se trata de un tipo de accidente que ocurre en el camino hacia al trabajo o en el camino de vuelta al hogar.
Están incluidos dentro del rango de cobertura de las ART porque el hecho de trasladarse es una necesidad que tiene el empleado para prestar sus servicios. Entre los casos más comunes de estos Accidentes In Itinere están: los robos violentos o casos derivados de la inseguridad, y los accidentes de tránsito (lesiones por choques, fracturas por caídas, roturas de meniscos, etc.)

¿En qué casos cubre la ART un accidente In itinere?

Para que la ART cubra este tipo de siniestros, el damnificado no debe modificar el habitual y más corto recorrido. Es decir no debe desviarse para hacer otras cosas (ejemplo ir a la casa de un familiar o ir hacer compras).

¿Se puede modificar el trayecto?

Sí, se puede hacer. “El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste dentro de las setenta y dos (72) horas ante el asegurador, que el itinere se modificará por las razones que fueran.”

¿QUÉ ES UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL?

Es la producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. A lo largo del vínculo laboral el trabajador puede comenzar a sufrir dolores que se intensifican con el tiempo. Estos dolores son provocados por el tipo de trabajo que realiza.
Pueden ser causadas por trabajar con posiciones forzadas de la columna, por hacer fuerza indebida, por falta de elementos de protección.
Estas lesiones pueden tornarse crónicas y seguir agravándose si no se denuncian a tiempo ante la ART.

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PREGUNTAS FRECUENTES

Qué son las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART)?

Son empresas privadas contratadas por los empleadores.

La ART es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley, siempre que reciba una denuncia tanto de un accidente de trabajo o de una enf. profesional.

Qué cubren las aseguradoras de riesgos del trabajo?

Las contingencias cubiertas por la ART, es decir los considerados infortunios laborales son los accidentes de trabajo (tanto los ocurridos en ocasión de prestar tareas y como los llamados in itíneres) y las enf.profesionales.

Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?

Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o la patología laboral a la ART.

Si no la realiza su empleador, llamenos así lo asesoramos para realizarla correctamente. Es importante destacar que la ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enf.profesional. Siempre consulte con un abogado especialista en Accidente de Trabajo, así evitará errores en como encarar el proceso.

El reclamo puede afectar mi continuidad laboral?

El reclamo es contra la aseguradora de riesgos de trabajo ART, que es el seguro contratado por el empleador para que cubra las prestaciones médicas o dinerarias que pudiera necesitar el trabajador.

Qué debe hacer la ART a partir de la recepcion de la denuncia?

La ART debe tomar los recaudos necesarios para otorgar en forma inmediata todas las prestaciones médicas y dinerarias a su cargo. Adicionalmente, debe facilitarle el traslado hacia y desde el prestador médico.

En qué consisten las prestaciones otorgadas por la ART?

La ley establece dos tipos de prestaciones que deben ser otorgadas por la ART: médicas y dinerarias. Las prestaciones médicas consisten en servicios y beneficios para asistir al trabajador, tales como: asistencia médica y farmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificación profesional y servicio funerario. Deben otorgarlas hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes. Las prestaciones dinerarias por su parte, apuntan a cubrir la pérdida de los ingresos del trabajador por no poder concurrir a prestar tareas en virtud de su incapacidad. De esta manera, la ART debe brindar al trabajador una prestación dineraria mensual hasta que se le otorgue el alta o hasta que se cumplan dos años de su accidente.

Puede la ART rechazar un accidente o enfermedad profesional?

A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de 10 días hábiles para rechazar el accidente o enf. profesional, pudiendo extender este plazo por otros 10 días hábiles, siempre que le notifique que hará uso de esta ampliación del plazo. Si le rechazaron su accidente o enf. laboral, consúltenos.

Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el alta médica?

En el supuesto de estar en desacuerdo con el alta otorgada debe informar a su empleador para que este solicite un reingreso a la ART, o bien solicitar directamente el reingreso a la ART con la asesoría de nuestro estudio.

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